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Los sujetos obligados deberán publicar la versión pública de la declaración de situación patrimonial de los(as) servidores(as) públicos(as), integrantes, miembros del sujeto obligado.
La versión pública de las declaraciones patrimoniales de las personas servidoras públicas en términos de las disposiciones juírdicas aplicables, en los sistemas habilitados para ello
Artículo 66 ° Fracción XI Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripcion: Los sujetos obligados publicarán la versión pública de la declaración de situación patrimonial de todas las personas servidoras públicas en sus tres modalidades: inicio, modificación y de conclusión, de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
La finalidad de este Fideicomiso es la creación de un patrimonio autónomo que permita dar transparencia y control al manejo de los recursos de obras de Infraestructura Social y equipamiento urbano
Última Actualización : 30 de abril 2026