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Los sujetos obligados deberán publicar un padrón con información relativa a las personas físicas y morales con las que celebren contratos de adquisiciones, arrendamientos,servicios,obras públicas y/o servicios relacionados con las mismas.
Padrón de proveedores y contratistas
Artículo 66 ° Fracción XXX Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: Los sujetos obligados publicarán y actualizarán el padrón que se menciona en esta fracción, el cual incluirá una relación de todas las personas físicas y morales con las que se celebren contratos de adquisiciones, pedidos, arrendamientos, servicios u obras públicas. De la misma forma, el padrón corresponderá con los registros electrónicos de proveedores que correspondan, de conformidad con la normatividad aplicable.
La finalidad de este Fideicomiso es la creación de un patrimonio autónomo que permita dar transparencia y control al manejo de los recursos de obras de Infraestructura Social y equipamiento urbano
Última Actualización : 30 de abril 2026