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Se deberá publicar un catálogo con todos los estudios, investigaciones o análisis, que estén financiados, total o parcialmente, con recursos públicos.
Los estudios financiados con recursos públicos;
Artículo 66 ° Fracción XXXIX Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: Los sujetos obligados publicarán un catálogo con todos los estudios que hayan financiado total o parcialmente con recursos públicos, como parte de su naturaleza, sus atribuciones y funciones y de acuerdo con su programación presupuestal.
La información se organizará de tal forma que se identifique la forma y personas actoras que participan en la elaboración de los estudios:
La finalidad de este Fideicomiso es la creación de un patrimonio autónomo que permita dar transparencia y control al manejo de los recursos de obras de Infraestructura Social y equipamiento urbano
Última Actualización : 30 de abril 2026