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Los sujetos obligados publicarán información de las personas contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios y servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios.
Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación
Artículo 75 ° Fracción XI Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: En cumplimiento de la presente fracción, los sujetos obligados publicarán información de las personas contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios y servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios; entendiéndose éstos como los servicios que se contratan y/o prestan a cambio de una retribución por ellos.En el periodo en el que los sujetos obligados no cuenten con personal contratado bajo este régimen, deberán aclararlo mediante una leyenda debidamente fundamentada y motivada por cada periodo que así sea.
La finalidad de este Fideicomiso es la creación de un patrimonio autónomo que permita dar transparencia y control al manejo de los recursos de obras de Infraestructura Social y equipamiento urbano
Última Actualización : 31 de Enero 2025