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Publicar información sobre los recursos recibidos señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos e indicando su destino.
Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;
Artículo 75 ° Fracción XLII Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de financiamientos, así como los ingresos recaudados con base en las disposiciones locales aplicables en la materia.Esta información se organizará de tal forma que se identifiquen el (los) nombre (s) del (los) responsable (s) de recibir, administrar y ejercer los recursos; así como los informes trimestrales que especifiquen el destino de dichos recursos.
La finalidad de este Fideicomiso es la creación de un patrimonio autónomo que permita dar transparencia y control al manejo de los recursos de obras de Infraestructura Social y equipamiento urbano
Última Actualización : 31 de Enero 2025