Solicitud de Información Pública
Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno, por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a la información pública en poder de los sujetos obligados, ante la unidad de transparencia, a través de la plataforma nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el sistema nacional.
Artículo 124° Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
Plataforma Nacional de Transparencia
¿Que es el SISAI?
Es el módulo de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) a través del cual, los ciudadanos podrán realizar solicitudes de información a los sujetos obligados de cada una de las entidades federativas y de la Federación, establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en cada una de las leyes locales en la materia.
Guías Plataforma Nacional de Transparencia
Unidad de Transparencia
La solicitud de información podrá formularse:
De manera verbal, ya sea presencial en la Unidad de Transparencia o vía telefónica. Mediante escrito libre o en los formatos que para el efecto apruebe el Instituto, presentado en las oficinas del sujeto obligado o por correo electrónico oficial de la Unidad de Transparencia, por fax, por correo postal o telégrafo.
Cuando la solicitud se realice verbalmente, el encargado de la Unidad de Transparencia del sujeto obligado que se trate, registrará en un acta o formato la solicitud de información, que deberá cumplir con los requisitos del artículo siguiente, y entregará una copia de la misma al interesado.
Artículo 128° Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
Unidad de Transparencia
¿Qué requisitos debe cumplir la solicitud de información?
La solicitud de información que se presente deberá contener cuando menos los siguientes datos:
- Nombre, o en su caso los datos generales de su representante;
- Los datos de identificación del sujeto obligado a quien se dirija;
- La descripción del o los documentos o la información que se solicita;
- Domicilio o medio electrónico para recibir la información y las notificaciones. En el caso de que el solicitante no señale lugar o medio electrónico para recibir la información y las notificaciones, éstas se realizarán por lista que se fije en los estrados de la Unidad de Transparencia del sujeto obligado que corresponda;
- Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización; y
- La modalida
Artículo 129° Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.